En la previa al referéndum de este domingo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) recuerda que los trabajadores tienen al menos dos horas para ir a votar.
El artículo 94 de la norma señala que “los funcionarios públicos, propietarios, directores y administradores de establecimientos comerciales o industriales y todo patrono, deberán conceder a los inscriptos habilitados para votar, que estén bajo su dependencia, un término no menor de dos horas para que concurran a votar en sus respectivos circuitos, sin perjuicio de los haberes o jornales que les correspondan".
“El tiempo proporcionado podrá extenderse, según el caso, y podrá utilizarse para votar donde se está radicado. En caso contrario, deberá realizarse el traslado”, indica el MTSS.