Entre el 15 de junio y el 15 de julio, se vacunará contra la fiebre aftosa a los bovinos nacidos en 2022 y 2023, informó el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Fernando Mattos. Para ello, la cartera importó 5.000.000 de dosis. Esto “permite mantener el estatus sanitario y acceder a los principales mercados internacionales”, subrayó el jerarca, en una conferencia de prensa, este 14 de junio.
Mattos indicó, junto con los representantes de Servicios Ganaderos, Jorge Viera, y Sanidad Animal, Martín Altuna, que es la segunda cobertura para los terneros nacidos en 2022 y 2023, y mencionó que la primera se brindó durante los meses de marzo y abril, para la totalidad del rodeo bovino del país.Asimismo, destacó que la vacunación es obligatoria por ley y que este acto se constata en el monitoreo de sangrado de circulación viral, a través de muestras aleatorias en animales para comprobar el nivel inmunitario. El ministro puntualizó que una protección sólida en bovinos mantiene el estado sanitario del rodeo nacional respecto a esa enfermedad y que la inoculación permite acceder a los mercados cárnicos internacionales.
Sostuvo también que la vacuna es proporcionada por la citada secretaría de Estado y que los productores deben presentar una declaración jurada al 30 de junio del 2022, la planilla de control sanitario actualizada con el formulario de entrega, una conservadora con hielo o refrigerante y la cantidad de dosis requerida.
Detalles de la vacunación
Por la situación epidemiológica actual de la región —el último foco se detectó en Paraguay en 2012—, se considera innecesaria la inoculación, en el presente período, de los animales nacidos en 2021. Los de 2022 y 2023 con destino a faena podrán ser movilizados con las vacunaciones del último período o los dos anteriores. A partir del 16 de julio de 2023, deberán haber pasado 10 días de inoculados con la dosis correspondiente al período junio-julio de 2023.
Entre el 15 y el 25 de junio, no se permite trasladar a estos bovinos, y, a partir del 26, solo podrán serlo los nacidos en 2022 y 2023, vacunados con, por lo menos, 10 días de anticipación. Además, no se autoriza la realización de remates en ferias y exposiciones, entre otros.
Mattos añadió que se puede desarrollar eventos con cambio de propiedad que no impliquen movimiento de animales (remates por pantalla o virtuales), dentro del período comprendido entre el 15 y el 25 de junio. IR A PORTADA