Empresas comercializadoras de animales de compañía, pensionados, hoteles de mascotas y afines deberán registrarse
En el marco de los objetivos específicos del Plan Nacional de Gestión Canina que lleva adelante Cotryba se comenzó el proceso de formalización de la cría, reproducción y la comercialización de canes. La Resolución Nº 1 -2019, con fecha del 29 de marzo, entrará en vigencia luego de 120 días.
Se trata de un proceso de regularización (acorde a la Ley 18.471, Art. 19) que crea en la órbita de Cotryba el Registro de Prestadores de Servicios (REPSE). Las personas físicas o jurídicas titulares de criaderos de animales, tiendas de mascotas o empresas comercializadoras de animales de compañía de la especie canina (Canis lupus familiaris), pensionados y hoteles de mascotas y afines, deberán inscribirse.
Todos los animales de compañía de la especie canina comercializados en el país, deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Animales de Compañía (RENAC) y provenir de criaderos inscriptos en Registro de Prestadores de Servicios (REPSE)
El trámite no tiene costo. Puede realizarse en línea ingresar aquí o presencial descargando el formulario y presentarlo en las oficinas de Cotryba.
Antecedentes
El Plan Nacional de Gestión Canina fue elaborado por el Consejo Consultivo que está integrado por Sociedad Medicina Veterinaria del Uruguay (SMVU), ONG Protectoras de Animales, Productores Rurales , UdelaR y ANEP. Se trata de un primer paso para avanzar en la formalización en el control de la reproducción. Es un instrumento que le da a las instituciones integrantes de Cotryba (Ministerio del Interior, Salud Pública e Intendencias Departamentales) para comenzar a controlar la reproducción y comercialización.