Joven procesado: le dieron libertad vigilada en sustitución de la prisión
En junio de este año, en jurisdicción de la Comisaría 15ta. la policía tomó conocimiento que cuando los moradores no se encontraban en su finca desconocidos ingresaron y se llevaron varios efectos.
Personal de la citada estación policial realizó varias averiguaciones y así pudo establecer que no era ajeno al hurto un individuo mayor de edad. Todas las actuaciones fueron puestas en conocimiento de la fiscal.
Una vez celebrada la audiencia se dispuso la formalización de la investigación contra el joven de 19 años de edad “por la presunta comisión de un delito de hurto, especialmente agravado por la penetración domiciliaria, en calidad de autor”. La pena es de ocho meses de prisión, que se sustituye en su totalidad por libertad vigilada.
Dentro de las obligaciones de la libertad vigilada se dispone las correspondientes al art.9 de la ley 19446:
1- Que resida en un lugar específico
2- Sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina
3- Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria y comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención
4- Se presenten una vez por semana a la Seccional correspondiente a su domicilio.