Varios grupos de vecinos del BUEM serán escuchados por los ediles en su barrio

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La Junta Departamental de Durazno se reúne en sesión ordinaria este viernes   6 de diciembre  de 2019, a la hora 19:30, en Centro de Integración Barrial (CIB- BUEM) de Vista Linda, para considerar el siguiente orden del día:

ASUNTOS ENTRADOS
ASUNTOS PREVIOS


Punto Nº1:-   APROBACION ACTAS N°s. 19, 20, 21 y 22/2019

Punto Nº2:-    INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DURAZNO
Sol. Anuencia P/a Otorgar en Comodato  Panteón N°131
a Gran Logia Acacia, Masonería del Uruguay.-
 INFORMA COMISION LEGISLACION Y APELACIONES
(Art.76° Reglamento Interno- Mayoría Absoluta de Votos)

Punto Nº3:-    INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DURAZNO
Sol. Denominación Definitiva Festival Aniversario de Sarandí del Yi
Con el Nombre “FESTIVAL TIERRA DE POETAS”
INFORMA COMISION OBRAS P. Y NOMENCLATURA
 (Art.75° Reglamento Interno- 2/3 del Total de Componentes - 21 votos)

Punto 4:-  COMISION ASUNTOS INTERNOS Y REGLAMENTO
Eleva Proyecto Contrato Función Pública Estándar y Autorización Presidencia P/a Contratar al Sr. Fabio REYES en el Cargo Aux.Chófer
(Art.77° Reglamento Interno- Mayoría Absoluta Parcial)



REGIMEN COMISION GENERAL
RECIBIMIENTO EN SALA

Por el Término de 10 m a las siguientes Instituciones:

• ASOCIACION CIVIL BARRIOS UNIDOS EN MARCHA
1. Regularización Padrones De La Zona
Expone Pte.Asoc.Civil Buem Sr. Gabriel MONTES DE OCA

2. Convenio Tripartito Entre INAU/CAIF , AACC BUEM E IDD
Expone Pte.Asoc.Civil Buem Sr. Gabriel MONTES DE OCA

3. Planteamiento Tripartito P/Policlinica Barrial
                  Entre  AACC/BUEM, IDD y  MSP/ASSE
Expone Scrio. Gral. Asoc.Civil Buem  Sr. Juan LOPEZ


4. Planteamiento Tripartito P/A Conexiones  De Saneamiento
                  En Zona
Expone Vecino y Socio ASoc.Civil Sr.  René MOHOZZO



• VECINOS BALNEARIO INDEPENDENCIA
Expone Sra. Claudia NAVAS

• GRUPO DE VECINOS
Planteamiento P/ Problemas Saneamiento y Aguas Pluviales
Expone Sra. Mónica SILVERA

• GRUPO DURAZNO LIMPIO
Planteamiento Cambio Ubicación Vertedero Municipal
Expone Sr. Ruben RODRIGUEZ


                 Durazno, Diciembre 5 de 2019.-
                                                                                                       Caterina BARRIOS
                                                                           Secretaria Gral.                                                                               

ASUNTOS ENTRADOS AL DIA JUEVES  5/12/2019

1. MVOTMA  Rem.Of.N° 1741/2019 Ref. Convalidación Obras Realizadas y Autorización Ambiental Para Proyecto de Nicolás PARODI ETCHVERRY “Laguna COUNTRY.- PASA A CONOCIMIENTO COMISION MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
2. IDD Rem.Of.N° 289/2019 Ref.  Copia Exp.N° 2018-8515 Sol.Declaratoria Int.Deptal. CENTRO VITIS Ltda.- PASA A COMISION LEGISLACION Y APELACIONES.-



 Asuntos  Previos Del  6/12/2019
1. CARLOS LUZARDO
2. GABRIEL DIAZ
3. OSCAR RODRIGUEZ
4. LUIS GELOS
5. JUAN STRANEO
6. PABLO REVELLO
7. EDGARDO LERENA
8. VIRGINIA BURGUES
9. DANIELA BARRAGAN
10. INES COLINA
11. OSCAR AMARILLO
12. RAUL LICANDRO
13. ENRIQUE ERRAMUSPE
14. SUSANA RAVIOLO
15. EDUARDO O´NEIL
16. HUGO IRRAZABAL
17. DARDO FAGUNDEZ


Punto 2.-  Comisión Legislación y Apelaciones
“VISTO: el Expediente Administrativo IDD 2019 –3342 Caratulado: HACIENDA SOLICITA EXONERACION DEL PADRON N° 1130 y PANTEON N° 131 y Res. IDD 9131/2019. RESULTANDO I: Que por Resolución 19043 A de fecha 24 de octubre de 2008, Exp. 10545/06 y 14248/08 se concede en Comodato por el plazo de diez años el Derecho de uso del Panteón N°131 de la Necrópolis local a la Institución LOGIA ACACIA ORDEN DURAZNO. RESULTANDO II: Que durante diez años  la Logia Acacia ha comparecido ante la Intendencia Departamental a los efectos de solicitar la exoneración de los tributos correspondientes, en amparo de lo dispuesto por los artículos 6° y 69° de la Constitución de la República y del artículo 134 de la Ley 12.802, reglamentario este de los primeros. RESULTANDO II: Que constatada dicha situación del vencimiento del comodato en cuestión, la Intendencia Departamental por Resolución 6652/2019, notificó a la Logia Acacia de la ciudad de Durazno del vencimiento acaecido, ante lo que se comparece en legal forma realizada la solicitud como surge a fojas 17 a 20 de autos. CONSIDERANDO I: Que de acuerdo a la notificación, la Gran Logia “Masonería del Uruguay” representadas por el Sr. JOSE GARCHITORENA. Comparece ante el Ejecutivo Comunal, manifestando que se ha realizado el uso del recinto funerario durante esta década en las condiciones solicitadas, habiéndose realizado trabajos de remozamiento, construcción de niveles de estantes para realizar el tapiado, la pintura de la herrería, colocación de una tapia imitación piedra, hidrolavado de los mosaicos por la antigüedad de los mismos, constituyendo un verdadero patrimonio en el conjunto de sus similares que rodean el Panteón a los Servidores de la Patria. CONSIDERANDO II: Que ante ello solicitan la renovación del comodato por el plazo de treinta años solicitando que una vez tenido la conformidad del Intendente Departamental, se remita a esta Junta Departamental para su anuencia. CONSIDERANDO III: Lo informado por la División Necrópolis de la Intendencia Departamental en informe N° 527/2019 de fojas 26, dejando constancia que el Panteón N° 131 se encuentra en perfectas condiciones, periódicamente concurre una persona que se ocupa de la limpieza y mantenimiento del mismo. CONSIDERANDO IV: Que cuenta con aval favorable del Ejecutivo Departamental dado que esta Institución beneficiaria ha cumplido con toda las exigencias. ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a la normativa vigente. LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA: Artículo 1°- OTORGUESE al Ejecutivo Departamental anuencia a los efectos de otorgar el comodato del Panteón N° 131 del Cementerio Local de la ciudad de Durazno, por un plazo de treinta años, a la Gran Logia Acacia, Masonería del Uruguay.- Artículo 2°- REMITASE a al Ejecutivo Departamental a sus efectos.-  Firman los Ediles señores: OSCAR RODRIGUEZ, DANIELA BARRAGAN, INES COLINA, ANDRES PEREYRA”.-

Punto 3.-  Comisión Obras Públicas y Nomenclatura
“VISTO. El Expediente N° 2018-5040 (Electrónico) Caratulado Municipio de Sarandí del Yí, solicita denominar con el nombre “TIERRA DE POETAS” al aniversario de Sarandí del Yí. CONSIDERANDO I: Lo informado y solicitado por el Municipio de Sarandí del Yí referente al Festival que se realiza en cada Aniversario de la Ciudad de Sarandí del Yí, el próximo 29 de diciembre del corriente año, de que lleve en forma definitiva  “Festival Tierra de Poetas” . CONSIDERANDO II: Que el mencionado Festival en el año 2018 fue denominado en forma provisoria “Festival de Tierra de Poetas”, y la misma fue promovida mediante expediente 2018-5040, sancionado por la Junta Departamental por Decreto N° 2463 de fecha 9 de noviembre de 2018 y promulgado por Resolución N° 12055/2018 de fecha 14 de noviembre de 2018. CONSIDERANDO III: Que la ciudad de Sarandí del Yí ha tenido a lo largo de su trayectoria desde 1875, personajes muy destacados del acervo nacional: NATALIO BOTANA, PANTALEON ASTIAZARAN, JUAN RAMON CARRASCO, etc.,  pero singularmente existen  tres nombres vinculados a este terruño que forma un vínculo indisoluble con el pago y en especial con la poesía: ELIAS REGULES, FERNAN SILVA VALDEZ y OSIRIS RODRIGUEZ CASTILLO.  CONSIDERAND IV: Que dicha solicitud cuenta con la conformidad  del Sr. Alcalde y Concejales. CONSIDERANDO V: La opinión favorable del Ejecutivo Departamental. ATENTO: a lo anteriormente expuesto. LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA: Art.1) DENOMINASE en forma definitiva al Festival tradicional del Aniversario de la ciudad de Sarandí del Yí, con el nombre de “FESTIVAL TIERRA DE POETAS”.- Art.2) REMITASE al Ejecutivo Departamental.- Es cuanto tenemos que informar. Firman Los Ediles señores: EDGARDO LERENA, DANIELA BARRAGAN, CARLO LUZARDO, GABRIEL DIAZ LANDONI ENRIQUE ERRAMUSPE”.-

Punto 4.-  Comisión  Asuntos Internos y Reglamento
“VISTO: la necesidad de regularizar la situación contractual del funcionario Wilmar Fabio REYES MOTA que actualmente  ocupa el cargo de “Auxiliar de Servicios Chofer” , dado que en la actualidad ha vencido el contrato provisorio que mantiene con la Junta Departamental de Durazno. CONSIDERANDO I: que según lo dispuesto en la Resolución de Presidencia de fecha 23 de setiembre de 2019, se realizó entre ambas partes un contrato provisorio con un plazo de treinta días, contados desde el día 15 de setiembre 2019.  CONSIDERANDO II : que, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en el Decreto N° 2359/2016 “Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental”, y en el TOCAF “Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera”, así como en las normas nacionales aplicables, y normas administrativas internas de esta Junta Departamental relativas al objeto,  horario, retribución, funciones, cometidos, y otros, específicos a cada cargo, esta Asesora propone un Contrato estándar, a fin de que sea aplicado a todas las renovaciones del vínculo contractual y futuras nuevas contrataciones, bajo la modalidad de “Función Pública”. CONSIDERANDO III: que con fecha 18 de agosto de 2016, la Junta Departamental dispone que el funcionario Reyes concurra a CEPA (Centro de Prevención de Accidentes es una empresa de especializada en programas de control y gestión de riesgos causados por siniestros de transito), en la ciudad de Montevideo, para un examen psicofísico, del cual resulta apto para desempeñar funciones de chofer, adecuándose al perfil de dicho cargo. CONSIDERANDO IV: que el contrato suscrito se encontraba vencido, así como el examen psicotécnico correspondiente, la Junta Departamental resolvió que el funcionario Fabio Reyes concurriera a CEPA a los efectos de realizar nuevamente un examen psicofísico, del cual resulta apto hasta octubre 2020. CONSIDERANDO V: que esta Junta Departamental entiende que para poder desempeñar la función de “Auxiliar de Servicios Chofer”, es necesario cumplir con toda la normativa vigente que se establece para la función. ATENTO: a lo expuesto precedentemente, al marco legal aplicable, a lo dispuesto en el 273 de la Constitución de la República, Reglamento Interno de la J.D.D., y Ley N° 9515. LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO RESUELVE:  1. APRUEBESE el Contrato de Función Pública estándar, sugerido, y propuesto por la Comisión de Asuntos Internos y Reglamento de esta Junta Departamental, que se transcribe al final de la presente, a los efectos  de que sea aplicado a todas las renovaciones del vínculo contractual con todos sus funcionarios y futuras nuevas contrataciones, al amparo de lo dispuesto en la normativa vigente y aplicable, Resolución 62/2007, Decreto N°2359/2016 – “Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental “, y en el TOCAF “Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera”, así como en las normas nacionales aplicables, y normas administrativas internas de esta Junta Departamental. 2. FACULTASE al Presidente de la Junta Departamental de Durazno, en su calidad de representante oficial de la misma, a celebrar el Contrato de Función Pública con el Sr. Wilmar Fabio REYES MOTA, según lo dispuesto por Resolución de la JDD Nº 023/2019 y bajo el formato de redacción del Contrato de Función Pública estándar, sugerido, y propuesto por la Comisión de Asuntos Internos y Reglamento. 3. ESTABLECESE que para el desempeño de la tarea de “Auxiliar de Servicios Chofer” es necesario cumplir con toda la normativa vigente que se establece para la función, determinándose por la Comisión de Asuntos Internos en acuerdo con Presidencia de la J.D.D. la Empresa Idónea donde se concurrirá a realizar los exámenes de aptitud.  4. NOTIFIQUESE personalmente al Sr. Wilmar Fabio REYES MOTA.- 5. CUMPLIDO, remítase a División Contaduría.-  Firman los Ediles señores: LIBERTAD PINTOS, EDUARDO O´NEIL, OSCAR AMARILLO, SANTIAGO ICASURIAGA”.-


Contrato estándar a aplicarse a todas las renovaciones del vínculo contractual con los funcionarios de la Junta Departamental de Durazno y futuras nuevas contrataciones, bajo la modalidad “Función Pública”.

CONTRATO DE FUNCION PÚBLICA.
Contrato estándar a aplicarse a todas las renovaciones del vínculo contractual con los funcionarios de la Junta Departamental de Durazno y futuras nuevas contrataciones, bajo la modalidad “Función Pública”.
CONTRATO DE FUNCION PÚBLICA.
En la ciudad de Durazno el día .. de …. del año …, entre: Por una Parte: El Señor. Edil/La Señora. Edil. y la Señora. …., en sus respectivas calidades de Presidente y Secretaria General y en nombre y representación de la Junta Departamental de Durazno, con domicilio en calle Luis Alberto de Herrera Nº 880 de ésta Ciudad.
Por otra Parte: El Señor./La Señora….., oriental, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número …., con domicilio real y legal en ……… quien en lo sucesivo de denominará “contratado”. LAS PARTES CONVIENEN LA CELEBRACIÓN DEL SIGUIENTE CONTRATO DE FUNCIÓN PÚBLICA:
PRIMERO: (Antecedentes): I) Por Resolución Nº …., de fecha …., el Señor/la Señora … fue contratado bajo el Régimen de Función Pública en las funciones de … desde la fecha … por el plazo de …(…) año/s con derecho a prorroga  por año/s más II) Efectivamente dicho plazo se prorrogo hasta el  … de … de…  . III) De su legajo personal no surge amonestación o desmerito en su accionar así como no surge incumplimiento de las obligaciones asumidas y tareas asignadas. IV)……
SEGUNDO: (Objeto): La Junta Departamental de Durazno, contrata en régimen de contrato de función pública al Sr./Sra ………, quien se obliga a prestar funciones de “….” dentro del Escalafón de Personal Contratado.
Son Cometidos de las funciones de “……” las siguientes:……
TERCERO (horario): El horario a cumplir por parte del contratado será el establecido en la Resolución de la Junta Departamental Nº 62/07, numeral 9, en el que se dispone que el horario de funcionamiento de todas las de pendencias de la Junta Departamental es de seis horas diarias durante todo el año”. Asimismo, el contratado conoce y acepta que todos los funcionarios de la Junta Departamental se rigen por la Resolución 30/2015, que en su artículo 1º dispone expresamente que “está comprendido dentro del tiempo de labor de los funcionarios, desde su iniciación al cierre de las Sesiones Preparatorias, Ordinarias y Extraordinarias de la Junta Departamental de Durazno (Órgano Legislativo), cualquiera sea la División en que se desempeñen”. Al amparo de la normativa vigente y aplicable referida, el tiempo de todas la Sesiones, Preparatorias, Ordinarias y Extraordinarias forman parte de la jornada habitual de cada funcionario, no dando lugar a horario extra por ningún concepto. La Administración por razones de servicio podrá disponer, mediante normativa expresa funciones específicas diferentes a las estipuladas en el presente contrato.
CUARTO (Plazo): El plazo de este contrato será a partir del ... de… de… hasta el… de… de…, con opción a renovación aprobada por la Junta Departamental de Durazno, excepto incumplimiento de las obligaciones asumidas en el numeral “…” y “…”  del presente, previo informe de la Comisión Asesora de Asuntos Internos y Reglamento. Vencido el presente plazo, el contratado no tendrá derecho a indemnización de ninguna naturaleza por parte de la Administración.
QUINTO (Retribución): La retribución nominal por concepto sueldo básico a percibir por parte del contratado será de ….. ($U ….) mensuales y se ajustará en igual porcentaje y fecha que el que se aplique a los funcionarios de la Junta Departamental de Durazno, en lo sucesivo.
Dicho cargo tendrá todas las compensaciones y beneficios sociales que tienen los funcionarios de la Junta Departamental de Durazno. (EN CASO DE CORRESPONDER)
Percibirá , además,  una partida por “Dedicación Total de Personal Contratado” que ascenderá al 50 % del Sueldo Básico fijado al cargo de “…. “.
SEXTO: (Derechos): El contratado tendrá todos los beneficios que le correspondan a los funcionarios de la Junta Departamental, reconociéndosele la antigüedad desde su fecha de ingreso en el escalafón personal contratado, incluido salario vacacional, pactándose que: I) la licencia anual remunerada de veinte (20) días hábiles, (a los que se le agrega un día  por antigüedad que se generará al quinto (5º) año de trabajo y posteriormente , se agrega cada cuatro años trabajados), se gozará cuando la administración lo disponga, teniendo en cuenta las necesidades de servicio,
El contratado no tendrá derecho a la carrera administrativa. II) el contratado no tendrá derecho a la carrera administrativa.
SEPTIMO: (Obligaciones): El contratado tiene las siguientes obligaciones: 1) Discreción y reserva respecto de los actos de los que tenga conocimiento como consecuencia de sus tareas; 2) Obedecer las órdenes que en materia de su competencia le imparta la Administración por intermedio de sus jerarquías; 3) Desempeñarse en las tareas para las cuales fue contratado en forma correcta y eficiente, debiendo actuar con dedicación, lealtad y buena fe; 4) Permanecer en su puesto y no ausentarse del lugar de trabajo sin la autorización correspondiente; 5) Brindar ayuda mutua y reemplazarse en las tareas cuando fuere necesario; 6) Poner en conocimiento del superior de la Administración encargado de su contralor, de forma inmediata de toda irregularidad que compruebe en el funcionamiento del servicio; 7) Conservar en buen estado los útiles e instrumentos del servicio; 8) Notificarse de las resoluciones de la Administración; 9) No usar distintivos partidarios, ni hacer proselitismo de clase alguna dentro del local de trabajo y en horario habitual; 10) Concurrir puntualmente a su lugar de trabajo, registrar su asistencia diaria en la forma que se establezca y cumplir la jornada de trabajo establecida. 11) Para el caso de Auxiliar de Servicios Chofer deberá cumplir con toda la normativa vigente referida a la función.
OCTAVO: Cumplimiento: El contratado deberá cumplir por sí las obligaciones asumidas y no podrá ceder el presente contrato, en virtud de ser el mismo “intuito personae”. La Junta Departamental queda facultada para reglamentar el cumplimiento y/o incumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
NOVENO: (Rescisión): La Administración podrá poner fin a la relación contractual en forma unilateral y sin obligación de indemnización alguna, por falta de cumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato por parte del contratado, previo informe de la Comisión de Asuntos Internos y Reglamento.
DECIMO (Mora automática): Las partes caerán en mora por el solo vencimiento de los plazos pactados o por la realización de algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de gestión judicial o extrajudicial alguna.
DECIMO PRIMERO (Notificaciones, Intimaciones y demás Comunicaciones):
Se acuerda expresamente la total validez a los efectos de las notificaciones, intimaciones y demás comunicaciones que fuere menester entre las partes, el telegrama colacionado certificado con aviso de entrega, carta certificada con aviso de retorno, acta notarial de notificación, o cualquier otro medio idóneo que proporcione certeza en cuanto a la efectiva realización de la diligencia y a su fecha, así como en cuanto a la persona a la que ha practicado.
DECIMO SEGUNDO: (manifestación): Las partes dejan sin efecto cualquier contrato que los hubiera vinculado previamente, manifestando ambas que al día de la fecha no tienen que efectuarse recíprocos reclamos pendientes de especie alguna con relación a cualquier vínculo contractual o extracontractual que las haya obligado con anterioridad.
DECIMO TERCERO (Declaración Jurada): El contratado declara bajo juramento no ser funcionario público y que no acumula por ningún concepto salario, emolumento o partidas de ningún organismo público.
DECIMO CUARTO (Domicilios): Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos a que diera lugar este contrato en los indicados como suyos en la comparecencia.
DECIMO QUINTO Lectura, otorgamiento y suscripción): Para constancia y en señal del fiel cumplimiento de lo pactado, previa lectura de ambas partes, estas ratifican y otorgan el presente en el lugar y fecha mencionados en la comparecencia, firmando dos ejemplares del mismo tenor.  LIBERTAD PINTOS, EDUARDO O´NEIL, OSCAR AMARILLO, SANTIAGO ICASURIAGA”.-

PROTOCOLO a Aplicar en Régimen Comisión Gral.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA
“… PROTOCOLO a ser cumplido … 1.1) En el día de la Sesión, y a la hora señalada en la convocatoria, el presidente llamará a Sala y dará cuenta a la Junta de los Asuntos Entrados y seguidamente se pasará a la Media Hora Previa.  1.2) Verificado que existe quorum el Presidente proclamará abierta la Sesión y se entrará a la consideración del Orden del Día. 1.3) Finalmente concluido el Orden del Día, la Junta se constituirá en régimen de Comisión General, para conferenciar con aquellas Asociaciones Civiles, Deportivas, Culturales, Sociales (sociedad civil organizada formalmente), que  previamente hubieren solicitado ser recibidas por el Organo Legislativo en dicha Sesión, disponiendo cada una de 10 minutos para exponer el asunto. 1.4 Las solicitudes para ser recibidos por la Junta Departamental en Comisión General en Sesión Ordinaria próxima se podrá gestionar hasta el miércoles antes a la hora 14, vía escrita, mail institucional o telefónicamente. 1.5) El número de Ediles que podrá conferenciar por el término de TRES (3) minutos cada uno, será proporcional a los integrantes de cada Bancada, correspondiendo: CUATRO (4) Ediles por el Partido Nacional y en el término de TRES (3) minutos cada uno, DOS (2) Ediles por el Partido Frente Amplio en el término de TRES (3) minutos cada uno, y Un (1) Edil por el Partido Colorado, en el término de TRES (3) minutos. 2.- COMUNIQUESE a sus efectos.- Esc. ADRIANA AVILA Presidente- CATERINA BARRIOS Secretaria Gral.”.-



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