Trazado de la vía: según fallo de la Corte Electoral gobiernos departamentales no tienen competencia

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La  Presidente de Junta Departamental de Durazno, Esc. Adriana Ávila, recibió este viernes 3 de abril, de manos del Jefe de la Corte Electoral de Durazno, Luis A. Martínez, la sentencia N°28217 de la Corte Electoral, relativa a la iniciativa de un grupo de vecinos de Durazno y Santa Bernardina que querían cambiar el trazado de la vía férrea. 

La referida sentencia fue notificada a la Sra. Florencia Di Paola, una de las representantes del movimiento que juntó unas 5500 firmas con el objetivo de que la vía (que utilizará UMP2) no pase por la zona urbana de Durazno.

Según la sentencia “de todo lo expuesto y fundamentalmente del análisis de la normativa vigente, surge que los gobiernos departamentales y locales no tienen competencia para regular la actividad en materia ferroviaria. Y en consecuencia, tampoco para prohibir o regular el trazado de vías férreas o el tránsito ferroviario”.

“En consecuencia -continúa el fallo- cualquier decisión que adoptara la Junta Departamental de Durazno con respecto a la iniciativa legislativa local en examen, la haría incurrir en el vicio de incompetencia y comprometería su responsabilidad pública”.

“Por consiguiente, existen razones de mérito formal para declarar la falta de regularidad jurídica de la iniciativa que se promueve. Por tales fundamentos y en atención a las normas citadas la Corte Electoral falla: declarase improcedente la iniciativa legislativa local presentada ante la Junta Departamental de Durazno y el referéndum local que se promueve. Notifíquese a la Junta Departamental de Durazno”. La decisión fue firmada por los ministros de la Corte Electoral del Uruguay.

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