Forastero llegó con droga a un pequeño pueblo de Durazno
Un sujeto arribó al centro del país con malas intenciones. Tal lo que se infiere de la evidencia recogida por la Policía y el interrogatorio efectuado por la Justicia de Durazno, que finalmente lo mandó a la cárcel por un año, en tanto deberá cumplir doce meses más bajo régimen de libertad vigilada.
El caso data del sábado 2 de mayo cuando próximo a la hora 14:15 efectivos de la Comisaría 8va. de Cerro Chato se encontraban realizando recorridas preventivas por calle Comercio.
Según Jefatura de Policía, los uniformados vieron un automóvil que no era del lugar; se fijaron y efectivamente la chapa matrícula era de otro departamento.
Además los agentes percibieron que el ocupante se había puesto nervioso al sentir la presencia policial, por lo que no dudaron en efectuar el procedimiento previsto para estas situaciones.
Una vez identificado el hombre -44 años- empezó una minuciosa revisación del automóvil. Allí la corazonada se transformó en realidad: dentro del rodado, en una bolsa había polvo de color blanco, al parecer 51 gramos de cocaína.
Una vez incautada la sustancia los agentes del orden continuaron la tarea, así fue que también encontraron 6 proyectiles calibre 38, una balanza y otros efectos que la fuente no detalló.
Ante la gravedad del hecho el conductor del vehículo fue detenido y conducido a dependencias policiales de la esteña localidad duraznense, junto con la droga y los efectos referidos.
Jefatura indicó a DURAZNO DIGITAL que integrantes de la Unidad de Investigaciones y de la Brigada Departamental Antidroga concurrieron a Cerro Chato y se hicieron cargo del procedimiento.
Una vez cumplida la audiencia en el juzgado la magistrada dispuso formalizar la investigación contra el indagado, como autor penalmente responsable de un delito de negociación de sustancias estupefacientes, previsto en el art.31 de la ley 14294, en la redacción dada por el decreto ley 14172.
Siempre según la Policía, fue condenado a 2 años de penitenciaría; tiempo que deberá cumplir de la siguiente forma: un año de prisión efectiva y otro año de libertad vigilada.
Dentro de las obligaciones de libertad vigilada se dispusieron las previstas en el art. 7 ley 19831: residir en un lugar específico, sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la referida oficina; presentarse una vez por semana en la Comisaría correspondiente a su domicilio por el plazo que dure la libertad vigilada.
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