El viernes 18 de diciembre la Junta de Durazno trató el informe de la Comisión de Tránsito y Transporte del Cuerpo y lo aprobó por unanimidad (30 votos en 30 presentes). Los conductores deben estar al tanto de la decisión.
COMISION TRANSITO Y TRANSPORTE –
Informe
“VISTO: El Expediente IDD 2018-21804 e IDD 2018-22316 Referente a las dificultades en cuanto a las notificaciones de infracciones de tránsito.
CONSIDERANDO I: La necesidad de mejorar la gestión en cuanto a cumplir las notificaciones guardando las formalidades necesarias.
CONSIDERANDO II: Las dificultades para disponer de las direcciones exactas de los infractores y los problemas prácticos en cuanto a la inseguridad en algunas zonas denunciadas por los funcionarios que deviene en un gran volumen de cedulones que retornan a la Oficina de Tránsito, sin haber cumplido con la notificación correspondiente.-
CONSIDERANDO III: La necesidad de contar con nuevos métodos de notificación para aquellos casos en que no se cuente con un domicilio completo, y/o en condiciones de ser notificados por el funcionario designado.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo establecido en los numerales 1 y 6 del artículo 275 de la Constitución de la República, artículo 35 numerales 7 y 25 de la 9515 y demás normas concordantes y modificativas.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA:
Artículo 1°: MODIFÍCASE el Decreto N° 2141/2010 de fecha 4 de junio de 2010, que agrega texto al artículo 3° del Decreto 1747/2001, en su redacción dada por el Decreto N° 2513 de fecha 26 de junio 2020 quedando redactado de la siguiente manera:
De los Plazos y Formas de Notificación de Multas de Tránsito Literal A) Plazo para la notificación: I) 15 días hábiles para residentes en la capital departamental.- II) 30 días hábiles para no residentes en la capital departamental con domicilio desconocido o erróneo. El plazo se contará siempre a partir del día hábil siguiente de practicada la infracción.
Literal B) Forma de notificar: I) Se efectuará en el momento de constatarse la infracción.
II) En caso de no poder notificar la infracción en el momento, se hará por la Administración o a través del Correo uruguayo en el domicilio que surja de los registros de la base de datos vehicular de la Intendencia.
III) En caso de ausencia, de no querer firmar la misma, o cuando no se tenga o sea erróneo el domicilio de quien debe tener conocimiento de la infracción, se lo tendrá por notificado de la misma mediante publicación en la página Web oficial de la Intendencia Departamental de Durazno, Diario Oficial, domicilio electrónico legalmente constituidos y/o cualquier otro medio de comunicación fehaciente que determine la Administración.
IV) No se podrá cargar la multa si la misma no está notificada, de acuerdo a lo previsto anteriormente.
Literal C) Disposición Transitoria: I) OTORGASE en un plazo de 60 días corridos a los efectos de que los contribuyentes concurran a la Oficina de Tránsito de la Intendencia Departamental, a los efectos de actualizar y/o comunicar el domicilio registrado en la base de datos vehicular de la Intendencia Departamental.
En caso de no realizarse dicho trámite se tendrá por válido el que figure en los registros actuales del mismo.
Artículo 2°: REMÍTASE al Ejecutivo Departamental a sus efectos.-
Los auspiciantes posibilitan que el servicio informativo de DURAZNO DIGITAL sea gratuito. Ahora tú también puedes contribuir a mantenerlo. Consulta cómo DONAR Aquí.