En la tarde de este miércoles 24 de marzo el Ejecutivo duraznense emitió dos resoluciones relacionadas a la actual situación causada por la pandemia de Coronavirus. La primera hace foco en la suspensión de la atención al público, y la segunda a la definición de los servicios esenciales.
RESOLUCIÓN IDD: ATENCIÓN AL PÚBLICO Y FUNCIONARIOS
Resolución Nº 4148/2021
Durazno, 24 de Marzo de 2021
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VISTO: La situación epidemiológica provocada por la expansión de la infección del COVID- 19, que ha motivado la configuración de otra Emergencia Sanitaria Nacional con efecto sobre los ámbitos de competencia territorial y material de los Gobiernos Departamentales.
-RESULTANDO I: Que el día martes 23 de marzo del corriente, se reunió el Consejo de Ministros, habiéndose adoptado diferentes medidas tendientes a prevenir la pandemia de enfermedad por CORONAVIRUS.
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RESULTANDO II: Que producto de lo anteriormente descrito, se establecieron un conjunto de medidas para disminuir la movilidad y el ritmo de contagios de COVID-19, así como recomendaciones en el mismo sentido.
CONSIDERANDO I: Que sin perjuicio de las anteriores resoluciones del Intendente, se hace necesario adoptar las medidas pertinentes y acordes a las determinaciones de las autoridades sanitarias competentes.
-CONSIDERANDO II: Que de acuerdo a las competencias asignadas por el artículo 35 de la Ley N° 9.515, el Estatuto del Funcionario Municipal, así como a las facultades previstas en la normativa vigente, este Intendente llevará adelante las medidas de protección de los funcionarios de la Intendencia Departamental, y los ciudadanos del Departamento.
-ATENTO: A lo expuesto en el artículo 275, numeral 9 de la Constitución Nacional, y artículo 35, numeral 24 de la Ley 9.515.
-EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE:
-Primero: Suspéndase la atención al público en todas las oficinas de la Intendencia de Durazno, incluídas las Juntas Locales del interior, Municipios y Oficina Delegada en Montevideo, hasta nueva resolución.
-Segundo.- Todos aquellos funcionarios asignados primariamente a las tareas suspendidas por el numeral anterior, deberán estar a la orden del Intendente y/o de su jerarca correspondiente, cumpliendo en forma extraordinaria las tareas que se les asigne en su departamento, o donde el servicio lo requiera, mientras se mantenga la suspensión de su actividad ordinaria, ya sea en modalidad presencial o teletrabajo, según corresponda.
-Tercero.- Están exceptuadas de los dispuesto en el numeral primero de la presente resolución, las actividades esenciales ya determinadas por este Ejecutivo o que se determinen con posterioridad.
-Cuarto.- Por la Oficina de Prensa y Propaganda, dése difusión en forma urgente e insértese en la página web oficial de esta Intendencia, y redes sociales de la misma.
-Quinto.- Pase para conocimiento y cumplimiento de todos los Señores Directores Generales de Departamentos, Sres. Alcaldes de los Municipios de Sarandí del Yí y Villa del Carmen, Sres. Secretarios de Juntas Locales y Sra. Coordinadora General, Secretaría Privada, División Secretaría Administrativa, Oficina Delegada de Montevideo y División Asesoría Letrada, y demás reparticiones de esta Intendencia, debiendo dar la difusión correspondiente a cada Sección que les pertenezca, sin quedar ningún funcionario sin tomar conocimiento del mismo.
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RESOLUCIÓN SERVICIO ESENCIAL
Resolución Nº 4149/2021
Durazno, 24 de Marzo de 2021
-VISTO: La Resolución Nº 4148/2021 del día 24 de marzo de 2021 dictada por el Ejecutivo Departamental de Durazno, en virtud de la situación epidemiológica provocada por la expansión de la infección del COVID- 19, que ha motivado la configuración de otra Emergencia Sanitaria Nacional con efecto sobre los ámbitos de competencia territorial y material de los Gobiernos Departamentales.-
-RESULTANDO: Que a través de la mencionada resolución se toman medidas referentes a la disminución de la movilidad y el ritmo de contagios de COVI-19.-
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CONSIDERANDO : Que existen determinadas actividades desarrolladas por esta Intendencia que deberán seguir cumpliéndose de forma normal , ya que su limitación implicaría agravar la situación sanitaria y de seguridad de la población.-
-ATENTO: A los dispuesto en el Art. 275 Numeral 9 de la Constitución Nacional, Art. 35 de la Ley 9515 y demás normativa vigente.
-EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE:
-Primero.- Declárense “servicio esencial” a cumplir por parte de esta Intendencia Departamental, las siguientes actividades, independientemente de la repartición competente:
a) recolección de residuos domiciliarios
b) barrido de calles y plazas públicas
c) obras viales urbanas y rurales
d) limpieza y vigilancia de las instalaciones de la Intendencia Departamental
e) cuidado de animales e instalaciones del Bioparque “Washington Rodríguez Piquinela”
f) todos los servicios a cumplir en la Terminal de Ómnibus “Rodó”
g) los servicios de Necrópolis (Inhumaciones)
h) servicios de mantenimiento del Departamento de Obras
i) servicios inspectivos de División Tránsito del Departamento de Administración, Municipio de Sarandí del Yí y Municipio de Villa del Carmen.-
j) servicios de comedores y entrega de canastas de alimentos del Departamento de Promoción Social, Juntas Locales pertinentes y Municipios de Sarandí del Yi y Villa del Carmen
k) servicios inspectivos de la División Salubridad del Departamento de Servicios
l) Liquidación de haberes y retención de aportes del Departamento de Hacienda
-Segundo.- La presente ennumeración, puede ser ampliada y/o modificada en cualquier momento, cuando la necesidad del servicio así lo requiera.
-Tercero.- Por la Oficina de Prensa y Propaganda, dése difusión en forma urgente, e insértese en la página Web de esta Intendencia y redes sociales.
-Cuarto.- Pase para conocimiento y cumplimiento de todos los Señores Directores Generales de Departamentos, Sres. Alcaldes de los Municipios de Sarandí del Yí y Villa del Carmen, Sres. Secretarios de Juntas Locales y Sra. Coordinadora General, Secretaría Privada, División Secretaría Administrativa, Oficina Delegada de Montevideo y División Asesoría Letrada, y demás reparticiones de esta Intendencia, debiendo dar la difusión correspondiente a cada Sección que les pertenezca, sin quedar ningún funcionario sin tomar conocimiento del mismo.-
-Quinto.- Cumplido y con las constancias de estilo, archívese.
Junto a Ustedes en el Año del BICENTENARIO de la Fundación de la Ciudad de DURAZNO. Adhesión: Durazno Digital - Portal de Noticias.