Los integrantes de la Junta Departamental mantendrán la Sesión Ordinaria este viernes 4 de junio de 2021, a la hora 19:30, en el Centro Cultural Teatro Español. En las últimas horas la Oficina de Prensa del legislativo publicó el temario correspondiente.
Orden del Día
Punto Nº1:- INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO
Sol. Anuencia P/a Exoneración Vehicular
por Declaratoria de Interés Deptal a favor Empresa CENTRO VITIS Ltda.-
BAJA QAD 1888 y QAD 9312 – ALTA QAE 4151
INFORME COMISION LEGISLACIÓN Y APELACIONES
(Art.77° Reglamento Interno- Mayoría Absoluta Parcial)
Asuntos Entrados al Día Jueves 03/Junio/2021
1. JDLAVALLEJA Rem.Palabras Edil Suplente A. López en Relación Figura Dr. Jorge Larrañaga.- ENTERADOS, SE ARCHIVA.-
2. MINISTERIO DE AMBIENTE Rem. Copia Resolución Ministerial de Aut.Ambiental Previa a ACROPAL S.A. S//Proyecto Planta Productora de Pellets de Madera.- PASA A COMISIÓN MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
3. JDTREINTA Y TRES Rem. Of. 142/2021 Ref. Palabras Edil A. Duarte Sol. Actividades Hípicas del Interior a Tener en Cuenta en Regreso a la Normalidad.- ENTERADOS.-
Asuntos Previos Del 4 de Junio de 2021
1. DANIELA MOREIRA
2. FRANCISCO VALETTA
3. FREDI D’ALESSANDRO
4. Andrea Barceló MARIANA ALVAREZ
5. VIRGINIA BURGUES
6. WILSON BARITE
7. SANTIAGO ICASURIAGA
8. Pedro Hernández SEBASTIÁN SOSA
9. PABLO REVELLO
10. SEBASTIAN CHARLO
11. CARLA PIRIZ
12. HUGO NOGUERA
13. EDGARDO LERENA
14. CARLOS KUSTER
15. GABRIEL DIAZ
16. JULIO MARCENAL
17. MARCELO LUJAN
18. MARTIN VIDALIN
19. JAVIER BESSONART
20. GUILLERMO GURBINDO
21. ANDRES PERERYA
22. ENRIQUE ERRAMUSPE
23. INES COLINA
24. ANABEL FUENTES
25. CARLOS CARRICA
26. LAURA BALDENEGRO
27. JULIO DIAZ
28. CARLOS TORRES
29. JOSE RIZZO
Punto N°1.-
“VISTO: El Expediente Administrativo IDD 2018-2015 donde la Empresa CENTRO VITIS Ltda. Solicita
1) La BAJA en la exoneración de patente de rodados por causa de Declaratoria de Interés Departamental de los vehículos matrícula QAD 1888 Padrón 901969652 y matrícula QAD 9312 Padrón 4017751.
2) Su sustitución y consiguiente ALTA en la exoneración mencionada por los siguientes vehículos: tipo CAMIONETA CABINA DOBLE CON CAJA, marca NISSAN, modelo NP300 FRONTIER 4x2 DC DIESEL LE 6MT, año 2019, matrícula QAE 4151, Padrón 903348719 y tipo SEDAN 5 PUERTAS marca RENAULT modelo NUEVA STEPWAY PRIVILEGE 1.6 16V, año 2018, matrícula QAE 7119 Padrón 903163821.
RESULTANDO: Que la empresa obtuvo la renovación de Declaratoria de Interés Departamental por Decreto Departamental N° 2503/2019; y por Resolución IDD N° 14292/2020 de fecha 20 de Abril de 2020 obtuvo el cúmplase del Ejecutivo Departamental, todas actuaciones contenidas en el Expediente electrónico municipal N° 2018-8515.
CONSIDERANDO I: De los mismos surge la renovación de la Declaratoria de Interés Departamental por el término de 10 años, exonerándose además del tributo de contribución inmobiliaria por dos padrones, la patente de rodados por los siguientes vehículos, en forma taxativa: a) Padrón 902658713 Matrícula QAD 8765 (de baja por re-empadronamiento) b) Padrón 901969652 Matrícula QAD1888 (vehículo cuya baja se solicita) c) Padrón 40117751 Matrícula QAD 9312 (vehículo cuya baja se solicita).
CONSIDERANDO II: Lo informado por la Sra. Escribana Silvia Santiesteban en cuanto a la normativa que rige para las exoneraciones de Interés Departamental: “… Decreto Departamental N° 1811/2002 y más recientemente el Decreto Departamental N° 2349/2015 de 18/12/2015, en el cual se amplía la regulación del Decreto 1811/2002, estableciendo nuevos criterios para las exoneraciones de Interés Departamental”. Así como los artículos a considerar en la presente: “Se deberá considerar para esta solicitud lo dispuesto en los art.1° a 4°, en tanto establecen:
Art.1° Se establece que a los efectos del comienzo de la vigencia de las exoneraciones dispuestas para los Emprendimientos Declarados de Interés Departamental que cumplan con los extremos requeridos en el Decreto 1811/2002 las mismas serán a partir de la fecha de su aprobación, no pudiendo en ningún caso otorgarse el referido beneficio en forma retroactiva.
Art.2°- Solo se podrán exonerar vehículos del tipo utilitario o carga, pudiéndose asimismo también exonerarse aquellos que no cumplan con estas características cuando su valor en el mercado automotor no supere el importe de treinta mil dólares estadounidenses.
Art.3°- Los vehículos a que refiere el artículo segundo, que obtengan dicha exoneración deberán en todos los casos lucir en los mismos un letrero en lugar visible con la frase: ``Emprendimiento Declarado de Interés Departamental”, cuya medida no será menor a de 0,50 mts. X 0.30 mts., incluido el logro, ocupando en las medidas señaladas la frase el 40% y el logo empresarial hasta el 60%, asimismo a estos efectos el plazo para la implementación es hasta el 31 de mayo de 2016.
Art.4°- Todo Emprendimiento Declarado de Interés Departamental está obligado a brindar una contraprestación social por el beneficio adquirido”.-
CONSIDERANDO III: Que surge de lo informado por el Departamento de Hacienda, que los vehículos cuya ALTA en la exoneración que se pretende dice la Profesional antes mencionada: “Surge del informe que luce fojas 54 que la matrícula QAE 4151 es propiedad de la Empresa peticionante, mientras que la Matrícula QAE 7119 se registra a nombre de GONZALEZ SANTIAGO, WASHINGTON FAUSTO,. Continúa: “En cumplimiento al art.2° transcripto, la unidad matriculada QAE 4151 es un vehículo utilitario tipo camioneta cabina doble con caja, mientras que la unidad matriculada QAE 7119 es un sedán 5 puertas marca Renault modelo Nueva Stepway Privilege 1.6 16V año 2018, la cual no siendo un vehículo utilitario. No excede el tope de U$S 30.000 impuesto en la normativa, siendo que el valor de mercado que se tomó al momento del empadronamiento en la Intendencia de Montevideo en el año 2018 fue de U$S 17.400”.-
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a la normativa legal vigente; LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA: Artículo 1°: OTORGASE anuencia al Ejecutivo Departamental a los efectos de dar de BAJA en la exoneración por Declaratoria de Interés Departamental de los vehículos Matrícula QAD 1888 Padrón 901969652 y Matrícula QAD 9312 Padrón 4017751, que fueron concedidas por Decreto Departamental N° 2503/2019 y el ALTA en la exoneración mencionada sobre el vehículo tipo CAMIONETA CABINA DOBLE CON CAJA, marca NISSAN, modelo NP300 FRONTIER 4x2 DC DIESEL LE 6MT, año 2019, Matrícula QAE 4151, Padrón 903348719, a favor de la Empresa CENTRO VITIS Ltda.- Artículo 2°: REMITASE a la Comisión de Seguimiento Copia del presente Expediente Administrativo IDD 2018-8515 a los efectos de que estudie la petición solicitada respecto al ALTA del vehículo SEDAN 5 PUERTAS marca RENAULT modelo NUEVA STEPWAY PRIVILEGE 1.6 16V, año 2018, matrícula QAE 7119 Padrón 903163821.- Artículo 3°: La Empresa deberá cumplir con la colocación de un letrero en lugar visible de los vehículos exonerados con la inscripción “Emprendimiento Declarado de Interés Departamental” y brindar una contraprestación social, en un todo de acuerdo con los artículos 3° y 4° del Decreto Departamental N° 2349/2015.-
Artículo 4°: REMITASE al Ejecutivo Departamental para su cumplimiento.- Firman los Ediles señores: FRANCISCO VALETTA, FREDI D’ALESSANDRO, PABLO REVELLO, INES COLINA, ENRIQUE ERRAMUSPE”.-
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