En horas de la tarde del 30 de enero se tomó conocimiento en Comisaría 14ta. (zona Sarandí del Yí), que en una finca ubicada en la jurisdicción habían hurtado efectos.
Conducido ante la Justicia correspondiente, al término de la audiencia se dispuso la formalización de la investigación y por sentencia Nº 16/2022 se lo condenó “como autor penalmente responsable de la comisión de un delito de receptación”.
La pena es de 6 meses de prisión, a cumplirse en el régimen de libertad a prueba, con las condiciones del artículo 295 CPP: Dentro de las obligaciones de la libertad a prueba se disponen:
1- Que resida en un lugar específico donde sea posible la supervisión de oficina de seguimiento de la libertad asistida.
2- Sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina.
3- Se presente una vez por semana a la Seccional correspondiente a su domicilio.
4-Trabajo comunitario que realizará por cuatro horas semanales por un período de 1 mes.