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Dos personas en Durazno sentenciadas por faltas a cumplir trabajo comunitario

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La Jefatura de Policía de Durazno informó sobre la condena de dos personas por la comisión de faltas, de acuerdo con el Artículo 365, numerales 2º y 3º del Código Penal, en la redacción establecida por la Ley N.º 19.120, también conocida como Ley de Faltas.

El primer caso involucra a un hombre mayor de edad, quien fue condenado a cumplir 20 días de trabajo comunitario como consecuencia de su infracción.

En el segundo caso, otro masculino mayor de edad fue condenado a cumplir 10 días de trabajo comunitario por la misma violación de los numerales 2º y 3º del mencionado artículo del Código Penal.

Si bien las autoridades no aclararon qué tareas realizarán, la ley de faltas establece sanciones específicas para conductas que no constituyen delitos, pero que aún así contravienen normativas y regulaciones vigentes. 

Las condenas impuestas buscan promover la corrección y enmienda de comportamientos que afectan la convivencia y el orden público. El trabajo comunitario, como medida de rehabilitación, implica la realización de labores en beneficio de la comunidad. La ley de faltas busca fomentar una convivencia pacífica y promover valores de respeto y responsabilidad ciudadana.  IR A PORTADA 

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