Tobillera sí, custodia no: nuevo caso de restricción judicial en Durazno

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Cerca de las 07:30 del domingo 24 de setiembre, la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y Género I de Durazno recibió información preocupante. Un hombre, sujeto a medidas de restricción judicial, había ingresado a la residencia de la víctima, violando claramente las órdenes judiciales que le prohibían acercarse.

Ante esta urgente situación, agentes de la Unidad de Respuesta y Patrullaje se desplazaron rápidamente hasta la ubicación indicada. Allí, llevaron a cabo la detención del masculino en cuestión, quien fue posteriormente trasladado a la estación de policía.

Tras su pasaje por la Fiscalía y la correspondiente audiencia, el Juzgado Letrado de 4to. turno emitió un veredicto. El individuo de 30 años enfrenta ahora una condena por desacato agravado, por la cual deberá cumplir una pena de 6 meses de prisión. Sin embargo, dicha condena se ejecutará bajo el régimen de libertad vigilada, en concordancia con el artículo 295 bis del Código del Proceso Penal.

Dentro de las condiciones establecidas para su libertad vigilada, la Justicia ordenó una serie de restricciones esenciales. Entre estas se incluye la prohibición de contacto, aproximación y comunicación con la víctima, en un radio mínimo de 500 metros.  

Además, se determinó la utilización de una tobillera electrónica como medida de monitoreo. Es relevante destacar que la víctima expresó su consentimiento para la colocación del dispositivo, aunque no solicitó la custodia policial.

Asimismo, el acusado deberá residir en un lugar específico, sujeto a la supervisión de la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida (OSLA). Además, estará bajo la orientación y vigilancia permanente de esta entidad. 

Como parte de su sentencia, también deberá presentarse semanalmente en la Comisaría correspondiente a su domicilio y cumplir con un programa de trabajo comunitario durante dos meses, realizando cuatro horas semanales de servicio comunitario.  IR A PORTADA 

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