El Senado de Uruguay dio luz verde a un proyecto de ley que introduce la tipificación de varios delitos informáticos, como el 'acoso telemático', el 'fraude y la suplantación de identidad'. Las nuevas disposiciones buscan adaptar el marco legal a la era digital, con penas que van desde seis meses hasta seis años de prisión. El abogado Luis González mantuvo comunicación con DURAZNO DIGITAL y habló de la necesidad de especialización y avances en ciberseguridad para enfrentar estos tiempos de desafíos.
Lo aprobado
A partir de la promulgación de la ley quedará tipificado el delito de acoso telemático, por el que se prevén penas de entre tres meses y tres años de penitenciaría para quien “vigile, persiga o procure cercanía física o intente establecer contacto con una persona [...] de tal modo que altere gravemente el desarrollo de su vida”.
El delito de "fraude informático", con penas de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría para quien, mediante manipulaciones informáticas, realice operaciones financieras en su propio beneficio.
"Delito de daño informático": penas de seis a 24 meses de prisión para quien destruya documentos o sistemas informáticos.
También se crea el delito de "acceso ilícito a datos informáticos", que prevé penas de seis a 24 meses de prisión para quien, sin autorización, acceda, difunda o venda información.
El delito de "interceptación ilícita de transmisiones privadas", y el delito de "vulneración de datos", previsto para quien acceda, se apodere, utilice, o modifique datos confidenciales, ambos con penas de entre seis y 24 meses de prisión.
El proyecto también creó el delito de "suplantación de identidad", que prevé penas de uno a seis años de penitenciaría para quien usurpe la identidad de una persona física o jurídica por medio de un sistema informático para obtener un beneficio.
"Delito de abuso de los dispositivos" para quien produzca, importe o facilite a terceros programas, sistemas o datos que faciliten “inequívocamente” la comisión de un delito, algo que será penado con seis a 24 meses de prisión.
Algunas consideraciones
El Dr. Luis González especialista en derecho penal y criminología indicó a DURAZNO DIGITAL que la ley también propone un registro nacional de ciberdelincuentes y medidas educativas, las cuales se refieren a difundir información para prevenir y tener el conocimiento necesario básico en cuestiones relativas a la actividad tecnológica.
“El crecimiento de casos y de nuevas modalidades de ciberdelito ponen en tela de juicio la eficacia de los operadores del sistema de justicia y la capacidad del código penal vigente para imputar las nuevas conductas delictivas", señaló el profesional. Agregó que también se plantean cuestionamientos sobre la responsabilidad del sistema bancario, sus límites, y las obligaciones de los usuarios sobre sus datos, desafiando por completo a los Estados modernos, donde casi la totalidad de las operaciones económicas o transacciones son de realización digital.
"La era tecnológica actual obliga a mantener nuestra vida reflejada en el ámbito electrónico, de ahí la importancia que tiene la aprobación de esta ley, aunque es importante avanzar también en materia de ciberseguridad, inteligencia artificial y otros desafíos de nuestra era".
Recordó que en los últimos meses se han complejizado y sofisticado las maniobras de estafa por intermedio de dispositivos tecnológicos, ejemplo de ello es una modalidad reciente que afectó a decenas de usuarios de bancos cuyas cuentas fueron hackeadas para comprar criptomonedas.