Durazno refuerza la prohibición del uso y venta de pirotecnia sonora

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La Intendencia de Durazno recordó que sigue vigente el Decreto Departamental Nº 2534, promulgado el 18 de diciembre de 2020, que prohíbe la exhibición, comercialización y uso de pirotecnia sonora en todo el territorio departamental. A través de su Departamento de Servicios, la Comuna reafirmó su compromiso con el cumplimiento de esta normativa y republicó el texto reglamentario este viernes.

La normativa establece sanciones para quienes incumplan estas disposiciones. En caso de detectar infracciones, se procederá a notificar al responsable, exigiendo el cese inmediato de la actividad en un plazo máximo de 24 horas. De persistir la violación, la Intendencia podrá solicitar apoyo del Ministerio del Interior para incautar los materiales pirotécnicos, labrando actas que detallen las características y cantidad de los mismos.  

Entre las sanciones previstas, se incluye una multa equivalente a tres Unidades Reajustables (UR) para el primer incumplimiento, monto que se duplicará en caso de reincidencia. Además, las instituciones privadas que utilicen pirotecnia sonora podrán perder beneficios otorgados por el Gobierno Departamental, como declaratorias de interés departamental, por un período de un año a partir de la constatación de la infracción.  

El decreto busca minimizar los efectos negativos de la pirotecnia sonora en la comunidad, incluyendo el impacto en personas con sensibilidad auditiva, mascotas y el medio ambiente, promoviendo un fin de año más seguro y respetuoso para todos los duraznenses.

TEXTUAL

Prohibición de comercialización y uso de pirotecnia sonora en el departamento de Durazno

La Intendencia de Durazno, a través del Departamento de Servicios, recuerda a la población que se mantiene vigente la normativa que prohíbe la exhibición, comercialización y uso de pirotecnia sonora en todo el departamento. 

El Decreto Departamental Nº 2534, del 18 de diciembre de 2020, establece lo siguiente: "En caso de incumplimiento, debidamente constatado, se procederá a notificar por escrito al infractor, requiriendo el cese inmediato de la violación y otorgando un plazo de 24 horas para que se realicen las acciones necesarias. 

Si la violación persiste, se podrá solicitar la colaboración del Ministerio del Interior para requisar los materiales pirotécnicos, labrando el acta correspondiente, detallando la cantidad y características del material, con la constancia de los funcionarios intervinientes. Se aplicará una multa de tres Unidades Reajustables por el primer incumplimiento o falta de cumplimiento de la notificación a la persona o comercio respectivo, duplicándose el monto en caso de reincidencia."

Asimismo, la normativa establece que "el uso de pirotecnia sonora por parte de instituciones privadas será sancionado con la pérdida de los beneficios otorgados por el Gobierno Departamental, ya sea por declaratorias de interés departamental o normas locales, por un período de un año, a partir de la constatación de la infracción".

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