Jefatura de Durazno refrescó las reglas de caza en Turismo: especies permitidas, restricciones y obligaciones

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Con la mira puesta en la Semana de Turismo 2025, Jefatura de Policía de Durazno compartió un comunicado del Ministerio de Ambiente, a través de la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (Dinabise), que detalla las especies cuya caza está permitida, las restricciones vigentes y las condiciones para su práctica en todo el territorio nacional, a excepción del departamento de Montevideo.

Durante esta semana, la caza deportiva está prohibida salvo en casos específicos. 

Solo se podrá cazar, con los permisos correspondientes: ciervo axis (Axis axis), paloma de alas manchadas (Columba maculosa), paloma grande de monte (Columba picazuro), torcaza (Zenaida auriculata) y, a partir del 15 de abril, la liebre (Lepus europaeus). 

La caza de perdiz, patos, carpincho, mulita, tatú y cualquier otra fauna silvestre, nativa o exótica, permanece ilegal durante esta semana.

Las especies de “caza libre”, que pueden cazarse durante todo el año sin permiso ni límite de ejemplares, son el jabalí (Sus scrofa), la cotorra (Myiopsitta monachus) y el garibaldino (Chrysomus ruficapillus). 

No obstante, se recuerdan varias restricciones generales: está prohibido transportar animales cazados sin el permiso correspondiente (excepto jabalí), cazar dentro de un radio de 1 kilómetro de centros poblados si se usa escopeta de perdigones, o hacerlo desde vehículos a menos de 3 kilómetros de caminos públicos o sin consentimiento del propietario del predio. También se requiere autorización —verbal o escrita— del dueño u ocupante del terreno para practicar la caza. 

La caza nocturna, únicamente habilitada para jabalí y en acciones de control de ciervo axis, exige el uso de armamento con dispositivos de visión adecuada. El Ministerio de Ambiente insta a los ciudadanos a informarse antes de realizar cualquier actividad de este tipo y pone a disposición el contacto 098 490 889 para consultas, así como enlaces oficiales con la normativa vigente.

Comunicado Oficial 

Especies y prohibiciones

En esta Semana de Turismo la caza deportiva está prohibida, salvo en las siguientes excepciones de especies para las cuales se deberán obtener los permisos correspondientes ante la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente: ciervo axis (Axis axis); paloma de alas manchadas (Columba maculosa); paloma grande de monte (Columba picazuro); torcaza (Zenaida auriculata); liebre (Lepus europaeus), a partir del 15 de abril. La caza de perdiz, patos, carpincho, mulita, tatú, o cualquier otra fauna silvestre, sea nativa o exótica, en Semana de Turismo es ilegal.

Las denominadas especies de “caza libre” que están habilitadas son: jabalí (Sus scrofa); cotorra (Myiopsitta monachus); garibaldino (Chrysomus ruficapillus). “Caza libre” refiere a que la práctica se permite todo el año, sin permiso y sin límite de ejemplares.

Sin embargo, existen restricciones de carácter general a ser tenidas en cuenta por aquellas personas que quieren realizarla, debiéndose respetar las normas de alcance nacional y departamental que se describen a continuación:

Transporte

Conforme al artículo 116 del Código Rural (Ley 10.024, de 14 de junio de 1941), ninguna empresa de transporte admitirá, como carga o encomienda, animales vivos o muertos cuya caza esté prohibida. Según el artículo 8º del Decreto 164/996, los ejemplares o productos de especies de caza deportiva deberán trasladarse acompañados del permiso de caza respectivo. La caza de jabalí es libre todo el año y no se requieren documentos para el transporte.

Distancias de centros poblados

El radio de exclusión de centros poblados o escuelas rurales será de 1 (un) kilómetro, para los casos en que el arma utilizada sea una escopeta de perdigones. La caza deportiva podrá practicarse en todo el territorio nacional, con excepción del departamento de Montevideo, en las condiciones y con las limitaciones dispuestas en el Decreto 164/1996, artículo 3º.

Excepciones en caza nocturna y transporte

Están habilitados para la caza y transporte de especies en horarios de la noche: jabalí (Sus scrofa) y sus productos; y caza control de ciervo axis (Axis axis). Esto es en todo el territorio nacional, excluyendo al departamento de Montevideo. Se deberá contar con armas con dispositivos de visión apropiada.

Desde vehículos

Está prohibida la caza desde vehículos con arma de fuego dentro de un radio de 3 km de centros poblados, escuelas rurales y caminos públicos; o sin consentimiento del propietario u ocupante del predio rural, así como las demás limitaciones y condiciones previstas en la normativa vigente.

Consentimiento de propietarios

Se requiere el consentimiento de los propietarios u ocupantes de los predios rurales para practicar la caza. Ese podrá ser otorgado en forma verbal o escrita, sin requerir ninguna formalidad adicional.

CONTACTO

Por información adicional sobre normativa vinculada a las autorizaciones de caza a nivel nacional o consultas ante procedimientos realizados, comunicarse con la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (Dinabise) del Ministerio de Ambiente (MA) – contacto: 098 490 889.-

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